03-03-2017, 12:39
La FIA podría evaluar la legalidad de este tipo de sistemas, dentro del principio que habla sobre que cualquier efecto de suspensión que beneficie a la aerodinámica del monoplaza, debe ser incidental al propósito principal de la suspensión. La directiva regula cinco reglas a seguir:
1) Cualquier sistema que cambia su comportamiento en respuesta a las aceleraciones del vehículo en cualquier dirección (incluyendo vertical y lateral) no se consideraría admisible.
2) No puede haber un acoplamiento directo entre la función de la altura de manejo de la suspensión y el frenado o la dirección del coche.
3) No puede haber una regulación de nivel en lugar de montar reacción de altura.
4) No se permitiría el almacenamiento de energía por cualquier medio para el despliegue posterior.
5) No puede haber ningún acoplamiento directo entre el movimiento vertical (fuerza vertical) y los elementos de rodillo de la suspensión.
1) Cualquier sistema que cambia su comportamiento en respuesta a las aceleraciones del vehículo en cualquier dirección (incluyendo vertical y lateral) no se consideraría admisible.
2) No puede haber un acoplamiento directo entre la función de la altura de manejo de la suspensión y el frenado o la dirección del coche.
3) No puede haber una regulación de nivel en lugar de montar reacción de altura.
4) No se permitiría el almacenamiento de energía por cualquier medio para el despliegue posterior.
5) No puede haber ningún acoplamiento directo entre el movimiento vertical (fuerza vertical) y los elementos de rodillo de la suspensión.