10-01-2015, 19:04
(Este mensaje fue modificado por última vez en: 10-01-2015, 19:09 por El abuelo.)
Apéndice 4
POWER UNIT HOMOLOGATION
1. An homologated power unit must include all the parts described as “INC” in the “App. 4 Sporting regs.” column of Appendix 2 of the F1 Technical Regulations.
Other than any parts solely associated with power unit installation in different types of car (which have no performance benefit and which may be changed from time to time during the homologation period with the consent of the FIA), any such power unit is one which is identical in every respect to either :
a) A power unit delivered to the FIA no later than 28 February 2014.
b) A power unit delivered to the FIA after 28 February 2014 which has been modified in accordance with the Annual F1 Power Unit Homologation table in Appendix 4 to the F1 Technical Regulations.
Once homologated in accordance with a) or b) above, and except as permitted by © below, no changes may be made to the design or construction of the homologated parts for the duration of the homologation period laid out in Article 28.5 of the F1 Sporting Regulations.
c) A power unit delivered to the FIA after 28 February 2014, or modified and re-delivered to the FIA after that date, which the FIA is satisfied, in its absolute discretion and after full consultation with all other suppliers of power units for the Championship, could fairly and equitably be allowed to compete with other homologated power units.
Such changes will normally only be accepted if they are being proposed for reliability, safety or cost-saving reasons. Any manufacturer wishing to make a change for any of the above reasons must apply in writing to the FIA Technical Department and provide all necessary information including where appropriate, clear evidence of failures. The FIA will study such requests and, if they agree that the changes should be permitted, will circulate the correspondence to all manufacturers for comment. If the FIA receive no comments which cast doubt on their original decision about the proposed modification(s) they will confirm to the manufacturer concerned that they may be carried out.
All such power units should be delivered in such a condition that the seals required under Article 28.4 can be fitted. Power units will be held by the FIA throughout the homologation period.
2. A manufacturer may homologate no more than one specification of power unit.
3. The supplier of an homologated power unit and/or the team using the homologated power unit must take and/or facilitate such steps as the FIA may at any time and in its absolute discretion determine in order to satisfy the FIA that a power unit used at an Event is indeed identical to the corresponding power unit delivered to and held by the FIA.
4. The FIA, in consultation with the TWG and the power unit suppliers, will from time to time issue indicative information as to the tests and inspection procedures to be applied.
Traduccion comentada:
HOMOLOGACIÓN DE UNIDADES DE POTENCIA
1.- Una unidad de potencia homologada debe incluir todas las partes descritas como "INC" en el "App. 4 del Reglamento deportivo", columna del Apéndice 2 del Reglamento Técnico de la F1.
Quitando las piezas únicamente relacionadas con la instalación de la unidad de potencia en diferentes tipos de coches (lo que no conlleva beneficio en cuanto a prestaciones y que puede ser cambiadas de tiempo en tiempo durante el período de hologación con el consentimiento de la FIA).
Será considerada de acuerdo con lo anterior una unidad de potencia homologada aquella que cumpla con lo siguiente:
a) Una unidad de potencia entregada a la FIA no más tarde que el 28 de febrero de 2014.
b) Una unidad de potencia entregada a la FIA tras el 28 de febrero de 2014 que ha sido modificada en cumplimiento de la tabla Anual de Homologación del Apéndice 4 del Reglamento Técnico de la F1.
Todos estamos de acuerdo hasta aquí.
Un motor se pudo homologar antes del 28-d del 14 (lo que hicieron Ferrari, Mercedes y Renault)
Un motor HOMOLOGADO, puede ser MODIFICADO segun la tabla de modificaciones del reglamento técnico (los tokens)
Es el parrafo que viene a continuación el PRIMER punto de discordia
Una vez homologadas de acuerdo con el apartado a) o b) anterior, y excepto según lo permitido por el apartado c) posterior, ningún cambio puede efectuarse al diseño o construcción de las partes homologadas durante la duración de el periodo de homologación establecido en el artículo 28.5 del Reglamento Deportivo de la F1.
Todos tenemos claro que el reglamento hace referencia a un "período de homologación", y que distingue entre dos tipos de homologaciones, A) y B) y la C)
De este parrafo, y leyendo el artículo 28.5.
28.5 Only power units which have been homologated by the FIA in accordance with Appendix 4 may be used at an Event during the 2014-2020 Championship seasons
"Sólo unidades de potencia que hayan sido homologadas por la FIA de conformidad con el Apéndice 4 podrán ser utilizadas en un EVENTO durante las temporadas del campeonato de 2014 a 2020"
"período de Homologación" dependiendo de a quien preguntes, hay varias respuestas:
Defiendo personalmente la interpretación de la temporada
No acepto la de "de 2014 a 2020" por varios motivos. Uno de ellos es que no permitiría modificar piezas ya homologadas por el art. A, es decir todas, de 2014 a 2020..
Sigamos...
c) Una unidad de potencia entregada a la FIA tras el 28 de febrero de 2014, o modificidada y reentregada a la FIA tras esa fecha, a la que la FIA ha dado su consentimiento, a su absoluta discreción y tras la consulta con el resto de suministradores de unidades de potencias para el campeonato, que podría justa y equitativamente ser permitida para competir con otras unidades de potencia homologadas.
Tales modificaciones normalmente serán aceptadas únicamente si son propuestos por motivos de fiabilidad, seguridad o para ahorro de costes. Cualquier constructor que desee llevar a cabo un cambio por cualquiera de estas razones en su unidad de potencia debe solicitarlo por escrito al Departamento Técnico de la FIA y proveer toda la información necesaria, incluyendo cuando sea necesario, pruebas claras de los fallos (supongo que se refiere a motivos de fiabilidad).
La FIA estudiará tales solicitudes y si está de acuerdo en que los cambios sean permitidos, lo comunicará al resto de constructores para su información.
Si la FIA no recibe comentarios que arrojen dudas sobre su decisión original relativa a los cambios propuestos, se confirmará con el constructor solicitante que puede llevar a cabo las modificaciones solicitadas.
Todas las unidades de potencia deberán ser entregadas en la condiciones y con los sellos requeridos por el art. 28.4.
Las unidades de potencia serán custodiadas por la FIA durante todo el periodo de homologación.
Para aclarar cosas, voy poner este artículo concolores...
c) Una unidad de potencia entregada a la FIA tras el 28 de febrero de 2014, o modificada y re-entregada a la FIA tras esa fecha, a la que la FIA ha dado su consentimiento, a su absoluta discreción y tras la consulta con el resto de suministradores de unidades de potencias para el campeonato, que podría justa y equitativamente ser permitida para competir con otras unidades de potencia homologadas.
Tales modificaciones normalmente serán aceptadas únicamente si son propuestos por motivos de fiabilidad, seguridad o para ahorro de costes. Cualquier constructor que desee llevar a cabo un cambio por cualquiera de estas razones en su unidad de potencia debe solicitarlo por escrito al Departamento Técnico de la FIA y proveer toda la información necesaria, incluyendo cuando sea necesario, pruebas claras de los fallos (supongo que se refiere a motivos de fiabilidad).
La FIA estudiará tales solicitudes y si está de acuerdo en que los cambios sean permitidos, lo comunicará al resto de constructores para su información.
Si la FIA no recibe comentarios que arrojen dudas sobre su decisión original relativa a los cambios propuestos, se confirmará con el constructor solicitante que puede llevar a cabo las modificaciones solicitadas.
Como podeis ver ahora.. este artículo hace referencia a DOS tipos de PU a homologar "Despues del 28 de febrero de 2014"
Como podeis ver, HONDA, como motor nuevo, entregado a la FIA despues del 28 de Febrero de 2014, DEBERÍA homologar por este artículo 1.c
Al homologar por 1.c, no le afectaría el parrafo de la discordia al que antes me refería, y que dice que solo se puede homologar una vez por A o B durante el período de homologaciones.
Es decir, muchos entendemos que Honda, tras homologar por este artículo del reglamento, puede homologar otra vez por 1.b, usando tokens, como todos los demás motoristas, sea cual sea el período de homologaciones.
Seguimos, con el segundo y polémico artículo..
2.- Un constructor no puede homologar más de una especificación de unidad de potencia.
Este artículo es el que algunos dicen que impide a HONDA volver a homologar durante 2015... y por ello, es tambien el artículo que Honda dice que usaría para impedir que motoristas que hayan usado un motor durante la temporada, homologuen un segundo
Personalmente, yo interpreto este artículo como que:
El resto de artículos.. nada especial. Salvo que la FIA tiene el poder de revisar si una unidad de potencia es homologada o no.. cuando quiera. (vamos, lo de siempre.. cuando le APETEZCA)
3.- El suministrador de una unidad de potencia homologada y/o el equipo que usa una unidad de potencia homologada debe adoptar y /o facilitar los pasos que la FIA pueda en cualquier momento y a su entera discreción determinar para demostrar que una unidad de potencia usada en un EVENTO es realmente idéntica a la correspondiente unidad de potencia entregada y custodiada a la FIA.
4.- La FIA, en consulta con el Grupo Técnico de Trabajo y con los suministradores de unidades de potencia, indicarán la información relativa a los test y procedimientos de inspección que se aplicarán
No pongo el "calendario ANUAL de homologaciones" donde se especifica que partes pueden ser modificadas cada año, su valor, y cuales estan congeladas ya que no hay discusion sobre ellas.
Solo una ultima cosa que me quedaba atras:
Solo hay cuatro motores por piloto.
En Australia, empiezan con la primera unidad, y, si el motorista, por lo que sea homologa una nueva especificación para malasia:
- Deben modificar ese motor, ya usado, de acuerdo a la nueva homologación..y por ello, aceptar las correspondientes penalizaciones.
- Si no lo modifican, no estaría homologado y no pudrán usarlo para sabados y carrera. Solo lo podrían usar en los entrenamientos
A ver si así queda más clara la cosa.
POWER UNIT HOMOLOGATION
1. An homologated power unit must include all the parts described as “INC” in the “App. 4 Sporting regs.” column of Appendix 2 of the F1 Technical Regulations.
Other than any parts solely associated with power unit installation in different types of car (which have no performance benefit and which may be changed from time to time during the homologation period with the consent of the FIA), any such power unit is one which is identical in every respect to either :
a) A power unit delivered to the FIA no later than 28 February 2014.
b) A power unit delivered to the FIA after 28 February 2014 which has been modified in accordance with the Annual F1 Power Unit Homologation table in Appendix 4 to the F1 Technical Regulations.
Once homologated in accordance with a) or b) above, and except as permitted by © below, no changes may be made to the design or construction of the homologated parts for the duration of the homologation period laid out in Article 28.5 of the F1 Sporting Regulations.
c) A power unit delivered to the FIA after 28 February 2014, or modified and re-delivered to the FIA after that date, which the FIA is satisfied, in its absolute discretion and after full consultation with all other suppliers of power units for the Championship, could fairly and equitably be allowed to compete with other homologated power units.
Such changes will normally only be accepted if they are being proposed for reliability, safety or cost-saving reasons. Any manufacturer wishing to make a change for any of the above reasons must apply in writing to the FIA Technical Department and provide all necessary information including where appropriate, clear evidence of failures. The FIA will study such requests and, if they agree that the changes should be permitted, will circulate the correspondence to all manufacturers for comment. If the FIA receive no comments which cast doubt on their original decision about the proposed modification(s) they will confirm to the manufacturer concerned that they may be carried out.
All such power units should be delivered in such a condition that the seals required under Article 28.4 can be fitted. Power units will be held by the FIA throughout the homologation period.
2. A manufacturer may homologate no more than one specification of power unit.
3. The supplier of an homologated power unit and/or the team using the homologated power unit must take and/or facilitate such steps as the FIA may at any time and in its absolute discretion determine in order to satisfy the FIA that a power unit used at an Event is indeed identical to the corresponding power unit delivered to and held by the FIA.
4. The FIA, in consultation with the TWG and the power unit suppliers, will from time to time issue indicative information as to the tests and inspection procedures to be applied.
Traduccion comentada:
HOMOLOGACIÓN DE UNIDADES DE POTENCIA
1.- Una unidad de potencia homologada debe incluir todas las partes descritas como "INC" en el "App. 4 del Reglamento deportivo", columna del Apéndice 2 del Reglamento Técnico de la F1.
Quitando las piezas únicamente relacionadas con la instalación de la unidad de potencia en diferentes tipos de coches (lo que no conlleva beneficio en cuanto a prestaciones y que puede ser cambiadas de tiempo en tiempo durante el período de hologación con el consentimiento de la FIA).
Será considerada de acuerdo con lo anterior una unidad de potencia homologada aquella que cumpla con lo siguiente:
a) Una unidad de potencia entregada a la FIA no más tarde que el 28 de febrero de 2014.
b) Una unidad de potencia entregada a la FIA tras el 28 de febrero de 2014 que ha sido modificada en cumplimiento de la tabla Anual de Homologación del Apéndice 4 del Reglamento Técnico de la F1.
Todos estamos de acuerdo hasta aquí.
Un motor se pudo homologar antes del 28-d del 14 (lo que hicieron Ferrari, Mercedes y Renault)
Un motor HOMOLOGADO, puede ser MODIFICADO segun la tabla de modificaciones del reglamento técnico (los tokens)
Es el parrafo que viene a continuación el PRIMER punto de discordia
Una vez homologadas de acuerdo con el apartado a) o b) anterior, y excepto según lo permitido por el apartado c) posterior, ningún cambio puede efectuarse al diseño o construcción de las partes homologadas durante la duración de el periodo de homologación establecido en el artículo 28.5 del Reglamento Deportivo de la F1.
Todos tenemos claro que el reglamento hace referencia a un "período de homologación", y que distingue entre dos tipos de homologaciones, A) y B) y la C)
De este parrafo, y leyendo el artículo 28.5.
28.5 Only power units which have been homologated by the FIA in accordance with Appendix 4 may be used at an Event during the 2014-2020 Championship seasons
"Sólo unidades de potencia que hayan sido homologadas por la FIA de conformidad con el Apéndice 4 podrán ser utilizadas en un EVENTO durante las temporadas del campeonato de 2014 a 2020"
"período de Homologación" dependiendo de a quien preguntes, hay varias respuestas:
- Un evento, que se define como Fp3, calificación y carrera. (los viernes quedan fuera) El motor no se podría modificar y Homologar en medio de un GP
- La temporada. Si se homologa un motor en medio de la temporada, ya no puede volver a homologarse hasta que esta se acabe. Se podría modificar ANTES de que la temporada empiece sin limites.. y despues de que esta acabe, sin límites.
- De 2014 a 2020. Es la interpretación más restrictiva: Una vez modificada una parte y homologada, no se puede volver a homologar.
Defiendo personalmente la interpretación de la temporada
No acepto la de "de 2014 a 2020" por varios motivos. Uno de ellos es que no permitiría modificar piezas ya homologadas por el art. A, es decir todas, de 2014 a 2020..
Sigamos...
c) Una unidad de potencia entregada a la FIA tras el 28 de febrero de 2014, o modificidada y reentregada a la FIA tras esa fecha, a la que la FIA ha dado su consentimiento, a su absoluta discreción y tras la consulta con el resto de suministradores de unidades de potencias para el campeonato, que podría justa y equitativamente ser permitida para competir con otras unidades de potencia homologadas.
Tales modificaciones normalmente serán aceptadas únicamente si son propuestos por motivos de fiabilidad, seguridad o para ahorro de costes. Cualquier constructor que desee llevar a cabo un cambio por cualquiera de estas razones en su unidad de potencia debe solicitarlo por escrito al Departamento Técnico de la FIA y proveer toda la información necesaria, incluyendo cuando sea necesario, pruebas claras de los fallos (supongo que se refiere a motivos de fiabilidad).
La FIA estudiará tales solicitudes y si está de acuerdo en que los cambios sean permitidos, lo comunicará al resto de constructores para su información.
Si la FIA no recibe comentarios que arrojen dudas sobre su decisión original relativa a los cambios propuestos, se confirmará con el constructor solicitante que puede llevar a cabo las modificaciones solicitadas.
Todas las unidades de potencia deberán ser entregadas en la condiciones y con los sellos requeridos por el art. 28.4.
Las unidades de potencia serán custodiadas por la FIA durante todo el periodo de homologación.
Para aclarar cosas, voy poner este artículo concolores...
c) Una unidad de potencia entregada a la FIA tras el 28 de febrero de 2014, o modificada y re-entregada a la FIA tras esa fecha, a la que la FIA ha dado su consentimiento, a su absoluta discreción y tras la consulta con el resto de suministradores de unidades de potencias para el campeonato, que podría justa y equitativamente ser permitida para competir con otras unidades de potencia homologadas.
Tales modificaciones normalmente serán aceptadas únicamente si son propuestos por motivos de fiabilidad, seguridad o para ahorro de costes. Cualquier constructor que desee llevar a cabo un cambio por cualquiera de estas razones en su unidad de potencia debe solicitarlo por escrito al Departamento Técnico de la FIA y proveer toda la información necesaria, incluyendo cuando sea necesario, pruebas claras de los fallos (supongo que se refiere a motivos de fiabilidad).
La FIA estudiará tales solicitudes y si está de acuerdo en que los cambios sean permitidos, lo comunicará al resto de constructores para su información.
Si la FIA no recibe comentarios que arrojen dudas sobre su decisión original relativa a los cambios propuestos, se confirmará con el constructor solicitante que puede llevar a cabo las modificaciones solicitadas.
Como podeis ver ahora.. este artículo hace referencia a DOS tipos de PU a homologar "Despues del 28 de febrero de 2014"
- Una PU NUEVA, entregada a la FIA despues del 28 de febrero de 2014, a la que la FIA ha dado su consentimiento, a su absoluta discreción y tras la consulta con el resto de suministradores de unidades de potencias para el campeonato, que podría justa y equitativamente ser permitida para competir con otras unidades de potencia homologadas.
- Una PU MODIFICADA, RE-ENTREGADA a la FIA despues del 28 de febrero de 2014, a la que la FIA ha dado su consentimiento, a su absoluta discreción y tras la consulta con el resto de suministradores de unidades de potencias para el campeonato, que podría justa y equitativamente ser permitida para competir con otras unidades de potencia homologadas.
Tales modificaciones normalmente serán aceptadas únicamente si son propuestos por motivos de fiabilidad, seguridad o para ahorro de costes. Cualquier constructor que desee llevar a cabo un cambio por cualquiera de estas razones en su unidad de potencia debe solicitarlo por escrito al Departamento Técnico de la FIA y proveer toda la información necesaria, incluyendo cuando sea necesario, pruebas claras de los fallos (supongo que se refiere a motivos de fiabilidad).
La FIA estudiará tales solicitudes y si está de acuerdo en que los cambios sean permitidos, lo comunicará al resto de constructores para su información.
Si la FIA no recibe comentarios que arrojen dudas sobre su decisión original relativa a los cambios propuestos, se confirmará con el constructor solicitante que puede llevar a cabo las modificaciones solicitadas.
Como podeis ver, HONDA, como motor nuevo, entregado a la FIA despues del 28 de Febrero de 2014, DEBERÍA homologar por este artículo 1.c
Al homologar por 1.c, no le afectaría el parrafo de la discordia al que antes me refería, y que dice que solo se puede homologar una vez por A o B durante el período de homologaciones.
Es decir, muchos entendemos que Honda, tras homologar por este artículo del reglamento, puede homologar otra vez por 1.b, usando tokens, como todos los demás motoristas, sea cual sea el período de homologaciones.
Seguimos, con el segundo y polémico artículo..
2.- Un constructor no puede homologar más de una especificación de unidad de potencia.
Este artículo es el que algunos dicen que impide a HONDA volver a homologar durante 2015... y por ello, es tambien el artículo que Honda dice que usaría para impedir que motoristas que hayan usado un motor durante la temporada, homologuen un segundo
Personalmente, yo interpreto este artículo como que:
- Un motorista solo puede tener un motor entregado a la FIA, y por tanto homologado
- Un motorista no puede tener en pista varias versiones/homologaciones del mismo motor
- Un motorista no puede tener diferentes versiones homologadas para diferentes clientes
- Un motorista debe actualizar todas sus PU's a la ultima homologación.. o dejar de usarlas.
El resto de artículos.. nada especial. Salvo que la FIA tiene el poder de revisar si una unidad de potencia es homologada o no.. cuando quiera. (vamos, lo de siempre.. cuando le APETEZCA)
3.- El suministrador de una unidad de potencia homologada y/o el equipo que usa una unidad de potencia homologada debe adoptar y /o facilitar los pasos que la FIA pueda en cualquier momento y a su entera discreción determinar para demostrar que una unidad de potencia usada en un EVENTO es realmente idéntica a la correspondiente unidad de potencia entregada y custodiada a la FIA.
4.- La FIA, en consulta con el Grupo Técnico de Trabajo y con los suministradores de unidades de potencia, indicarán la información relativa a los test y procedimientos de inspección que se aplicarán
No pongo el "calendario ANUAL de homologaciones" donde se especifica que partes pueden ser modificadas cada año, su valor, y cuales estan congeladas ya que no hay discusion sobre ellas.
Solo una ultima cosa que me quedaba atras:
Solo hay cuatro motores por piloto.
En Australia, empiezan con la primera unidad, y, si el motorista, por lo que sea homologa una nueva especificación para malasia:
- Deben modificar ese motor, ya usado, de acuerdo a la nueva homologación..y por ello, aceptar las correspondientes penalizaciones.
- Si no lo modifican, no estaría homologado y no pudrán usarlo para sabados y carrera. Solo lo podrían usar en los entrenamientos
A ver si así queda más clara la cosa.
¿Tres campeonatos?
El problema es que entonces querré conseguir otro, y otro y otro... La ambición es imparable, infinita.
Fernando Alonso
El problema es que entonces querré conseguir otro, y otro y otro... La ambición es imparable, infinita.
Fernando Alonso