14-09-2016, 13:50
(14-09-2016, 13:03)richardbil escribió:(14-09-2016, 04:31)ethernet escribió:(13-09-2016, 21:55)Madriles escribió:(13-09-2016, 21:25)Pepetrov escribió: Más sobre el efecto FRIC de Mercedes http://www.autosport.com/premium/feature...ric-effect
Para completar:
http://elinfiernoverde.blogspot.com.es/2...tiles.html
Todo muuuu bonito......
El único problema es que el Reglamento dice muy clarito esto:
10.1.2 Any suspension system fitted to the front wheels must be so arranged that its response
results only from changes in load applied to the front wheels.
10.1.3 Any suspension system fitted to the rear wheels must be so arranged that its response
results only from changes in load applied to the rear wheels.
Así que si las suspensiones delanteras o traseras responden a cargas no aplicadas en su propio eje, estarían incumpliendo el Reglamento.
Es decir, eso del artículo es ilegal y punto.
Harán otra cosa, alegal por supuesto, pero eso no.
Yo no entiendo muy bien el ingles, pero si te sirve de algo Ethernet, te copio un link de Twitter donde explican como lo hacen funcionar los Mercedes. Y segun la conversacion de los twitteros estaria dentro de la legalidad.
https://twitter.com/ScarbsTech/status/77...7472889856
Espero que te sirva.
El Reglamento es claro. Las suspensiones de las ruedas delanteras tienen que reaccionar solo a cambios en las cargas aplicadas en las ruedas delanteras.
Lo mismo para las traseras.
Si metes un sistema hidráulico en la zona delantera que influya en el comportamiento de las suspensiones traseras es ilegal.
Si yo tengo que aplicar el Reglamento en vez del impresentable del Whitting, eso ya está prohibido.
Para mi Scarbs se equivoca.....
Si queréis, preguntarle por qué dice que cumple el 10.1.3.
Esto solamente lo levanta el calvo .....Pero ya está en nuestro barco.